El comercio electrónico consiste en la compra y venta de productos o de servicios a través de medios electrónicos, tales como el Internet y otras redes de computadoras. La cantidad de comercio llevada a cabo electrónicamente ha crecido extraordinariamente debido a la propagación del Internet.
El comercio electrónico moderno típicamente usa el World Wide Web por lo menos en un cierto punto en el ciclo de la transacción, aunque puede abarcar una gama más amplia de tecnologías, como el correo electrónico.
Las leyes de propiedad intelectual protegen las obras literarias, artísticas y científicas que cumplan los requisitos de originalidad y creatividad, no siendo objeto de protección las ideas, obras no originales y en general todo aquello que no cumpla con los requisitos establecidos en la Ley.
Dentro del término "Propiedad Intelectual" se engloban dos tipos de derechos: los "derechos de autor" y los "derechos conexos". Los derechos de autor establecen la protección a las personas creadoras de obras del intelecto, mientras que los derechos conexos protegen a los que de algún modo, realizan trabajos y aportaciones que el legislador también ha entendido que deben ser protegidas, categoría que incluye el derecho de los artistas intérpretes y ejecutantes, de los productores de fonogramas, de los productores de grabaciones audiovisuales, de las entidades de radiodifusión, de las meras fotografías y de determinadas producciones editoriales.
En general, desde un punto de vista jurídico, pueden distinguirse dos clases de derechos inherentes al derecho de autor:
•Derechos morales. Son derechos inalienables e intransmisibles que engloban principalmente el derecho a la paternidad de la obra (ser reconocido autor de una obra), el derecho a la integridad de la misma (impedir cualquier deformación, modificación, alteración o atentado contra ella) y el derecho a decidir en qué forma se difundirá la obra.
•Derechos patrimoniales. Son los derechos de explotación sobre la obra, generalmente con contenido económico.
Se puede determinar como la protección otorgada a todas las creaciones u obras del ingenio del carácter del creador, ya sean de índole literaria, científicos o artísticos, o cualquiera sea su género, forma de expresión, merito o destino.
El derecho de autor consiste en el conjunto de facultades morales y patrimoniales que corresponden en forma exclusiva al autor de una obra, o a quien corresponda la titularidad de estos derechos por haberle sido transmitidos por el autor o por disposición legal, y conforme los cuales aquel puede beneficiarse de la utilización o comercialización de su obra, ya sea directamente o autorizando a terceros la realización de ciertos actos.
Estos son los derechos del autor:
Derechos Morales: son los derechos del autor de naturaleza inalienable, inembargable, irrenunciable e imprescriptible. (Art.18 al 23 LSDA y Art. 13 del Reglamento de la LSDA).
Derechos Patrimoniales: son los derechos que posee el autor o el titular del derecho el cual se caracteriza por ser transferible, temporal e irrenunciable. (Art.18 al 23 LSDA y Art. 13 del Reglamento de la LSDA).
La protección reconocida por el Derecho de Autor recae sobre las obras literarias, artísticas o científicas, cualesquiera sea su genero, forma de expresión, mérito o destino. (Art.5 del Reglamento de la Ley sobre Derecho de Autor).
Se protege exclusivamente la forma mediante la cual las ideas del autor son descritas, explicadas e ilustradas o incorporadas a las Obras.
Por otra parte El uso que la gente hace de los medios de comunicación social puede producir efectos positivos o negativos. Porque aun cuando los actos de comunicación tienen a menudo consecuencias no favorables, la gente elige usar los medios de comunicación con fines buenos o malos, de un modo bueno o malo.
Los medios de comunicación también pueden usarse para bloquear a la comunidad y menoscabar el bien integral de las personas alienándolas, marginándolas o aislándolas; arrastrándolas hacia comunidades perversas organizadas alrededor de valores falsos y destructivos; favoreciendo la hostilidad y el conflicto; criticando excesivamente a los demás y creando la mentalidad de «nosotros» contra « ellos »; Pueden difundir noticias falsas y desinformación, favoreciendo la trivialidad y la banalidad. Por esta gran causa se les están implantando mas la Ley ética del comunicador social al periodista que incumpla esta ley, y tal motivo este proceso histórico que se esta viviendo esta tratando de crear nuevos comunicadores con otros pensamientos humanos como también la creación de los nuevos medios de comunicación comunitario y alternativos con otro modo de línea editorial.